viernes, 15 de enero de 2010

Los principios esenciales del Cooperativismo

Son aquellos que contienen la filosofía y la técnica del cooperativismo moderno, tomados de los principios de Rochdale, a saber:


Adhesión voluntaria. De acuerdo con este principio la adhesión del individuo debe ser, libre y voluntaria. Esto significa que la persona se adhiere a la cooperativa por convicción y no por coacción política, social o religiosa. Del mismo modo que tiene libertad para adherir, también puede retirarse de la cooperativa en cualquier momento, una vez cumplidas las formalidades que establecen los Estatutos, que en general hacen referencia al aviso anticipado y al modo de retirar los fondos. Las cooperativas están "abiertas" a toda clase de personas sin consideración de raza, nacionalidad, credo religioso, partido político, posición ideológica, sexo, etc. Sin embargo, esta norma no es absoluta, puesto que el objeto o naturaleza misma de la cooperativa limita el ingreso por la finalidad que persigue. Así por ejemplo, no puede ser socio de una cooperativa artesanal quien no es artesano, ni de una cooperativa agrícola quien no es agricultor.


Control democrático: cada miembro un voto. La gestión y control es democrático, no sólo porque cada socio tiene derecho a un voto, sea cual fuere su cantidad de acciones, sino porque la soberanía reside en la Asamblea General.

Este principio tiene un profundo sentido humanista: el cooperativismo considera al hombre como el valor fundamental y al capital sólo como instrumento de trabajo.

Por otra parte, este principio de "una voz un voto", en contraposición al de "una acción un voto", asegura el bien de la mayoría e impide que una minoría acaudalada saque provecho del conjunto.


Distribución de los excedentes sociales en proporción a las operaciones realizadas con la cooperativa.

Lo que en las empresas de carácter especulativo se denomina "utilidad" o "ganancia", en las empresas cooperativas se llama "excedente" o "sobrante". ¿Qué hacer con ese excedente? En virtud de este principio, conocido también como "principio de Howarth" en memoria de su creador, los excedentes se distribuyen en proporción a las operaciones realizadas

Se trata de administrar el producto social de acuerdo con el espíritu de la economía de servicio y no de acuerdo a las sociedades de lucro; el principio básico es de que nadie gane a expensas de los otros.

Los excedentes se distribuyen en proporción a las operaciones realizadas, del siguiente modo:

. en las cooperativas o secciones de consumo, en proporción al consumo hecho por cada socio.

. en las cooperativas de producción, en proporción al trabajo hecho por cada

uno. .en las cooperativas o secciones de adquisición de elementos de trabajo y de transformación y venta de productos, en proporción al monto de las operaciones de cada socio con la sociedad.

. en las cooperativas o secciones de crédito, en proporción al capital.

No todos los excedentes se distribuyen entre los socios:

- una parte está destinada al fortalecimiento y desarrollo de la cooperativa.

- otra a obras sociales o servicios colectivos, fundamentalmente a la educación.


Limitación del interés del capital. En la doctrina cooperativista el capital

es un simple instrumento de trabajo al que se remunera con un módico interés,

generalmente por debajo de la tasa corriente del mercado.


Neutralidad política y religiosa. Este principio, formulado de este modo en 1937, se ha prestado a interpretaciones equívocas. La cooperativa es neutra, como dice Antonio García, pero no puede ser neutral. Es neutra en el sentido de que no hace ninguna discriminación ni por razones políticas o religiosas. La cooperativa no es instrumento de proselitismo político o religioso, pero esa neutralidad no significa ni despreocupación cívica, ni irreligiosidad. Por el contrario, el sentido humanista y solidario del cooperativismo respeta y da su importancia a la dimensión política y religiosa del hombre. De lo que se trata es que la cooperativa no esté al servicio de exigencias políticas o religiosas. Como lo explican los Estatutos de la Alianza Cooperativa Internacional, la cooperativa "es un camponeutral en el que pueden reunirse y obrar aunada mente las personas de las más variadas opiniones y de las más diversas creencias" .


Ventas al contado. Este principio ha sido adoptado por razones de orden económico y de orden moral, aunque algunos cooperativistas objetan su ampliación, pues impide competir con el comercio que ofrece créditos. El argumento, indudablemente, tiene su importancia.

Las razones de orden económico más importantes que se aluden para mantener este principio son las siguientes:

. cuando se opera a crédito se requiere más capital que operando al contado, pues una parte está inmovilizada por el crédito.

. las cooperativas deberán solicitar créditos, con el consiguiente aumento de gastos como consecuencia de los intereses y la mayor cantidad de personal necesario.

En cuanto a las razones de orden moral, se señalan los siguientes inconvenientes de la venta a crédito:

. el riesgo de deudas impagadas

. que ciertos socios adquieran mercaderías para venderlas al contado a menor

precio.

. los asociados efectúan gastos de dinero aún no ganado

. no inculca hábitos de ahorro y disciplina.

Es evidente que en las actuales circunstancias estas razones pierden parte de su valor, de ahí que este principio no sea considerado como fundamental. La venta al contado es una práctica comercial que se adoptará o no según las circunstancias concretas.


Fomento de la educación. El claro sentido humanista de los pioneros de Rochdale, que vieron mucho más allá de la simple dimensión económica, los llevó a consagrar este principio conocido como la "Regla de oro del cooperativismo".

Bien se ha dicho que cooperación y educación son inseparables. Concebido el desarrollo comunitario principalmente en su dimensión de promoción humana y como forma de acción conjunta de tipo cooperativo, surge en toda su importancia este principio, cuya aplicación -de ordinario descuidada- puede ser gérmen de un programa que desborda los limites de acción de la cooperativa.

¿Qué se entiende por educación cooperativa? La educación cooperativa consiste -según Bussiere- en la adquisición del hábito de ver, pensar y juzgar de acuerdo con los principios del ideal cooperativo.

Esta educación que busca la formación social, intelectual y técnica del asociado, puede involucrarse en cinco áreas principales:

. técnicas de instrumentación operativa para actuar en una organización

económico-social como son las cooperativas (técnicas grupales, de participación en asambleas, métodos de reuniones de trabajo, etc.)

. conocimientos que proporcionan una instrumentación de carácter técnico en lo estrictamente cooperativo: abarca los aspectos contables, financieros, administrativos, jurídicos y de investigación de la realidad socio-económica en donde opera la cooperativa. Esta capacitación técnica no es para formar "managers" de una empresa, sino dirigentes de una cooperativa que teniendo conocimiento de las reglas prácticas de administración, sean capaces de desarrollar una dinámica para crear un sector económico cooperativo, dentro del sistema capitalista.

. materias de enseñanza profesional acorde con la índole de la cooperativa

.(capacitación técnica para el trabajo productivo). formación cooperativa propiamente tal: conocimiento de la doctrina y de la práctica de la cooperación.

. conocimiento y comprensión del mundo en que viven, de su entorno más

cercano, y capacitación en la búsqueda y encuentro de soluciones de los problemas que se confrontan; se trata de que el cooperativista sea efectivamente un factor de cambio social.

1 comentario:

  1. creo que esta es una herramienta muy util sobre todo por estos tiempos tan dificiles que estamos cruzando todos los mexicanos, ojala pudieramos tener mar personas que piensen y hagan lo posible por unirse y crear cooperativas, yo creo que esta es una buena herramienta para progresar. leean estas paginas....

    ESTAN BUENISIMA LA INFORMACION....
    ES GENIAL

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